Congreso aprueba proyecto para que Dina Boluarte despache de forma virtual desde el extranjero

Congreso aprueba proyecto para que Dina Boluarte despache de forma virtual desde el extranjero

El Pleno del Congreso aprobó el dictamen de la Ley 4985 presentada por la Comisión de Constitución y Reglamento. Con 68 votos a favor, y 37 en contra y 10 abstenciones, el Legislativo accedió a incorporar el artículo 8-A a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (Ley N.º. 29158) a fin de que un jefe de Estado pueda hacer uso de la gestión de manera remota.

El artículo implementado dispone, con base en el segundo párrafo del artículo 115 de la Constitución Política, que “cuando el presidente de la República sale del territorio nacional, el primer vicepresidente se encarga del despacho. En su defecto, lo hace el segundo vicepresidente”.

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“De no contar con vicepresidentes en ejercicio, el presidente de la República se mantiene a cargo del despacho de forma remota, empleando las tecnologías digitales correspondientes para tal efecto. El Congreso de la República, en el marco de sus competencias, precisa en la resolución legislativa autoritativa que el presidente de la República se mantiene a cargo del despacho de forma remota”, precisa.

A su vez, modifica el artículo 19 de la mencionada ley que, dentro de las funciones del primer ministro, quede establecido el “cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 8-A” de la presente Ley 29158.

El presidente del Parlamento, José Williams, señaló que, de conformidad con el artículo 78 del Reglamento del Congreso, el proyecto aprobado será materia de segunda votación transcurridos siete días calendario.

¿QUÉ DICE LA NORMA?

“En caso de que el presidente de la República deba salir del territorio nacional y no haya vicepresidentes en ejercicio, de manera excepcional, el presidente de la República se mantiene a cargo del despacho presidencial empleando tecnologías digitales. Es obligatoria la implementación de mecanismo de seguridad digital para el uso de dichas tecnologías”, se indica en el texto de la norma.

Con 68 votos a favor, el #PlenoDelCongreso aprobó, en primera votación, el texto sustitutorio del Proyecto de Ley 4985.

📌 De acuerdo al artículo 78 del Reglamento del Congreso, el proyecto aprobado será materia de segunda votación transcurridos 7 días calendario. pic.twitter.com/epS30Z3mhB

— Congreso del Perú 🇵🇪 (@congresoperu) June 9, 2023

Fuente: https://informateperu.pe

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